Certificado de eximición de AFIP para compras con tarjetas de crédito en el exterior

Certificado de eximicion de AFIP para compras con tarjetas de credito en el exterior. El mismo se entregará a los que no estén comprendidos por el Impuesto a las Ganancias ni a los Bienes Personales.

Extremista

El portal de noticias iProfesional.com público un artículo en el cual informa que los contribuyentes que no se encuentren alcanzados por el Impuesto a las Ganancias ni a los Bienes Personales deben tramitar un certificado de eximición de AFIP para compras con tarjetas de crédito en el exterior para que no se les aplique la percepción del 15%. Obviamente, previamente a otorgarse dicha excepción, el organismo revisará la situación fiscal del solicitante.

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El viernes pasado se ha publicado la Resolución General N° 3.378 en el Boletín Oficial. En la misma se establece que todas las compras con tarjetas de crédito en el exterior tendrán un recargo del 15%, porcentaje que podrá ser tomado para un pago a cuenta para el Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales dado que este tipo de gastos son realizados por presuntos contribuyentes de alto nivel contributivo.

La percepción será aplicada en todos los resúmenes de tarjetas de crédito que incluyan compras en el extranjero. Esto es porque, con la RG N° 3.379, la misma fue extensiva a las compras por Internet.

Las personas que no se encuentren comprendidas por los regímenes de Ganancias ni de Bienes Personales deberán solicitar un certificado de eximición en AFIP. Dicho trámite podrá ser realizado próximamente en cualquiera de las dependencias del organismo.

Los contribuyentes que cuenten con uno de estos certificados deberán contactarse con la tarjeta con la cual realizaron los gastos para que se los exceptúe del pago o para que se les devuelva el dinero abonado.

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