Se publico el Decreto 298/07 el cual introduce modificaciones del mínimo no imponible y cargas de familia en el impuesto a las ganancias 4ta categoría.
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Las nuevas deducciones son las siguientes:
Monto anual Monto mensual
Mínimo no imponible $ 7.500.- $ 625.-
Deducción especial $ 28.500.- $ 2.375.-
Total solteros $ 36.000.- $ 3.000.-
Cónyuge $ 6.000.- $ 500.-
Hijo u otra carga c/u $ 3.000.- $ 250.-
Total casado con
una carga Flia. $ 45.000.- $ 3.750.-
De acuerdo a la modalidad en la liquidación de este impuesto, estos valores solo podrán ser deducidos al 100% en los casos de ganancias netas sujetas a gravamen inferiores a 48.000.- Para ganancias superiores se utilizara la siguiente tabla:
Ganancia neta
Acumulada anual %
De más de $ a $ Aplicable
$ 0.00 $ 48.000.00 100 %
$ 48.000.00 $ 65.000.00 90 %
$ 65.000.00 $ 91.000.00 70 %
$ 91.000.00 $ 130.000.00 50 %
$ 130.000.00 $ 195.000.00 30 %
$ 195.000.00 $ 221.000.00 10 %
$ 221.000.00 en adelante 0
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