Hoy, domingo 27 de octubre de 2013, los argentinos elegimos una vez más a nuestros representantes, lo cual no solamente es un derecho sino que también un compromiso cívico. Sin embargo, aquellos que no puedan cumplir con este deber deberán justificar el no voto en las Elecciones Nacionales de Argentina dentro de los próximos 60 días, lo cual les evitará integrar el padrón del Registro de Infractores (http://infractores.gob.ar).
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Las causas permitidas para justificar el no voto en las Elecciones Nacionales 2013 son enfermedad y encontrarse a más de 500 km de distancia de la escuela que se les asignó para que cumplan con su derecho cívico.
Inasistencia por enfermedad:
Las personas que padezcan una enfermedad que les imposibilite asistir a la institución educativa que se les asignó para votar o estén imposibilitadas por asuntos de causa mayor tienen la obligación de presentar un certificado médico, en el cual se detalle la imposibilidad de desplazamiento. El mismo tiene que haber sido realizado por un médico matriculado el día de hoy, es decir la fecha en la cual se realizan las elecciones en Argentina.
Este documento tiene que ser presentado dentro de los próximos 60 días en la Secretaría Electoral del Juzgado Federal con competencia electoral que corresponda al domicilio del elector.
Un dato a tener en cuenta es que el certificado de discapacidad no es un comprobante válido para justificar el no voto.
Inasistencia por estar a más de 500 kilómetros:
Durante el horario de las votaciones, el elector debe asistir con su documento a la comisaría más cercana al lugar en el cual se encuentra. En dicho lugar se le entregará un certificado, el cual deberá presentar en la Secretaría Electoral del Juzgado Federal con competencia electoral que corresponda a su domicilio.
Inasistencia por estar realizando un viaje al exterior:
Hoy o los días posteriores, el turista debe presentase en el Consulado Argentino para que le den un certificado. En caso de no poder hacer el trámite en el exterior, él tendrá la oportunidad de hacer el trámite de justificación de inasistencia en la Cámara Nacional Electoral (Leandro N. Alem 232) o en la Secretaría Electoral de su distrito.
la documentación requerida para hacer este trámite es un documento válido (DNI, Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) y elementos que comprueben que se encuentran fuera del país.
Recordemos que los que decidan no votar ni justificar su inasistencia a las Elecciones Nacionales integrarán el listado del Registro de Infractores. Por su incumplimiento, ellos serán sancionados con una multa de 50 pesos, la cual ascenderá a 150 pesos para los que tampoco hayan participado en las PASO. Hasta no pagar la sanción, los infractores no podrán desempeñar cargos públicos por 3 años ni realizar trámites en organismos estatales, provinciales y municipales.
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