Esta mañana en «Baires Directo» por Telefe, Laura Kalerguiz habló sobre algunos puntos importantes de los cambios que vendrán con el Nuevo Código Civil que comenzará a regir a partir del año 2016. Entre ellos, la extensión de la Cuota Alimentaria hasta los 25 años de edad de los hijos, la actualización de la cuota automáticamente, beneficios para embarazadas y la actuación de familiares y empleadores.
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Laura Kalerguiz habló en «Baires Directo» sobre algunos puntos importantes respecto a la Cuota Alimentaria entre padres separados y/o divorciados que comenzarán a regir con el Nuevo Código Civil.
La abogada especialista en derecho previsional comentó que actualmente la actualización de la cuota alimentaria es muy engorrosa, dado que primero hay que ir a mediación, si no hay acuerdo esperar una sentencia judicial y mientras se desarrolla este largo proceso, la cuota vuelve a estar desactualizada. Por lo tanto, con el Nuevo Código Civil, la cuota se actualizará automáticamente con la tasa más alta de un banco privado. A su vez, un juez podrá establecer una actualización extra para casos especiales, por ejemplo, cumpleaños o inicios de ciclos lectivos.
Otro de los puntos que destacó Laura Kalerguiz es que en la actualidad la cuota alimentaria debe cumplirse hasta los 18 o 21 años del hijo de padres divorciados. Con el Nuevo Código Civil, se extenderá hasta los 25 años en caso de que el joven estudie y no genere ingresos.
Además, en el caso de que el padre no pague, los empleadores deberán ser solidarios a la causa y depositar la cuota alimentaria en tiempo y forma. Por otro lado, en caso de que el padre o madre no paguen, o solo paguen una parte, se podrá extender la obligación a familiares como los abuelos.
A su vez, las embarazadas podrán exigir la cuota alimentaria al supuesto padre.
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