Si bien las facturas del régimen de monotributo impresas antes del 1ro de noviembre de 2014 iban a dejar de ser válidas desde enero de 2015, la AFIP publicó en el boletín oficial de este martes 6 de enero que bajo ciertas condiciones y requisitos, los contribuyentes podrán continuar utilizando los viejos comprobantes sin el nuevo Código de Autorización de Impresión «C.A.I.» ingresando información antes del 31 de marzo de este año en www.afip.gob.ar.
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Con la Resolución General N° 3.665 y 3.666 de la AFIP, para imprimir nuevos comprobantes los monotributos deben solicitar el Código de Autorización de Impresión (CAI). Las facturas anteriores al 1ro de noviembre de 2014, sin este código, iban a dejar de ser válidas en enero de 2015.
Sin embargo, tal como se había anunciado semanas atrás, este martes 6 de noviembre la AFIP emitió un comunicado en el Boletín Oficial. Mediante la Resolución General N° 3.704 se dispone bajo determinados requisitos y condiciones una prórroga para utilizar los viejos comprobantes anteriores al 1ro de noviembre de 2014 hasta el 31 de marzo de 2015.
Los requisitos para seguir utilizando los comprobantes impresos antes del 1ro de noviembre de 2014 son: informar los datos de los citados comprobantes al organismo recaudador en www.afip.gob.ar mediante el servicio con clave fiscal denominado «Autorización de Impresión de Comprobantes», opción «Régimen de información de comprobantes en existencia»; y No haber usado talonarios impresos conforme a lo previsto en la Resolución General N° 3.665.
La condición es que el servicio estará disponible hasta el 31 de marzo de 2015, fecha límite para detallar la información mencionada.
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