Despenalización en Argentina del aborto en caso de violación

La Corte Suprema de Justicia despenalizó el aborto en caso de violación, por lo que no será necesario tramitarlo por vía judicial.

Extremista

El día de hoy la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que la interrupción del embarazo proveniente de toda clase de violación no resulta punible, y que la situación no está supeditada a trámite judicial. Este fallo histórico sienta jurisprudencia ya que en adelante no será necesaria una autorización judicial para abortar en los casos contemplados como «no punibles» por el Código Penal Argentino.

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El aborto es la interrupción prematura del embarazo, que puede ser de dos tipos:

  • Aborto espontáneo o natural: es la pérdida de un embrión o feto por causas no provocadas intencionalmente.
  • Aborto Inducido: es la interrupción voluntaria del embarazo. Este puede ser por razones terapéuticas por riesgo de la vida o salud de la madre o por elección. El aborto electivo está prohibido en muchos países subdesarrollados.

Anteriormente el aborto inducido estaba permitido en Argentina en caso de riesgo para la madre, al igual que en Perú, Venezuela, los países más pobre de África y Medio Oriente. A partir de este fallo histórico de la Corte Suprema de Justicia, se despenaliza el aborto por violación al igual que en Brasil, Bolivia y Ecuador.

Por unanimidad el tribunal ratificó la autorización de un aborto por parte del Supremo Tribunal de Chubut, sentando jurisprudencia respecto a que no hará falta la autorización judicial previa en caso de violación. Por esta razón las mujeres que aborten y los médicos que practiquen la intervención, no sufrirán sanciones.

Los integrantes de la Corte Suprema señalaron la necesidad de que estos casos no serán judicializados y exhortaron a implementar protocolos hospitalarios indicados para que las mujeres que se encuentren un una situación similar puedan abortar sin previa autorización.

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