En el marco de la Ley 27.260, ANSES informa que se encuentra online dentro de la página oficial del organismo recaudador, un micrositio del Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados en www.anses.gob.ar/reparacionhistorica, en cuyo espacio los beneficiarios y abogados deberán ingresar en «Iniciar trámite» y saber si están alcanzados por este programa.
Add Normal tras corte
En el micrositio del Programa Nacional de Reparación Histórica, tanto los jubilados y pensionados como sus abogados deberán ingresar en la opción «Iniciar trámite» del menú superior y saber si están o no alcanzados por este programa.
Los pasos a seguir son los siguientes:
- 1. Crear la Clave de la Seguridad Social.
- 2. Ingresar en la sección Mi ANSES y actualizar los datos de contacto.
- 3. Ingresar en www.anses.gob.ar/reparacionhistorica donde el sistema le informará si está incluido o no.
- 4. La ANSES le comunicará la resolución del trámite.
Es importante señalar que para esto, la huella digital registrada es un requisito fundamental. Si aun no fue registrada, pueden consultar los puntos disponibles en todo el país para hacerlo. Los abogados también deben registrarse, y un solo registro servirá para todos sus representados.
Al registrarse, los distintos mensajes que pueden salir son:
- CASO AFIRMATIVO: según los registros de ANSES, el beneficiario está alcanzado por el Programa Nacional de Reparación Histórica (Ley N° 27.260). Si tanto el abogado como el beneficiario se han registrado en «Mi Huella», se podrá acceder a la plataforma web que le permitirá participar de la de la Reparación Histórica y reajustar la jubilación. De lo contrario debe registrar sus datos biométricos.
- CASO AFIRMATIVO, SIN CAMBIO DE HABER: si bien el beneficiario está enmarcado dentro del Programa, su aplicación no generará diferencia a favor en el haber mensual.
- CASO EN ESTUDIO: el beneficiario se encuentra en proceso de evaluación por requerir un análisis más completo, esperando finalizar el 15 de septiembre de 2016.
- CASO NEGATIVO: según la información de ANSES, el beneficiario no se encuentra alcanzado por la Ley N| 27.260 (Art. 3), dado que corresponde a una presentación con régimen diferente al Sistema Integrado Previsional Argentino.
Recordemos que la Ley de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados pretende saldar la deuda con 2.4 millones de adultos mayores a través de las siguientes acciones:
- Recalcular el haber inicial de la jubilación o pensión.
- Reconocer los aumentos por movilidad.
- Abonar los juicios en curso contra la ANSES.
- Crear la Pensión Universal para los adultos mayores de 65 años.
El programa de Reparación Histórica incluye a los actuales jubilados y pensionados de ANSES contemplados por los fallos de la Corte Suprema conocidos como Barbero, Eli, Sánchez y Monzó, ya sea que tiengan o no juicio iniciado.
Beneficia a quienes obtuvieron su jubilación o pensión en el marco de las leyes generales y hayan presentado servicios en relación de dependencia, y entre 1991 y 1995 ó entre 2002 y 2006, no hayan tenido una jubilación o pensión con un mecanismo de aumento propio de regímenes especiales.
El micrositio del programa Nacional de Reparación Histórica a Jubialdos y Pensionados es la siguiente: http://www.anses.gob.ar/reparacionhistorica/.
Seguinos
Nuestro WhatsApp.